Las mascotas son seres vivos dotados de sensibilidad no son cosas, para las personas es algo muy obvio pero a nivel legal no lo es. las mascotas en la parte legal son tratados como bienes inmuebles. Esto está por cambiar ya que en el congreso de España se está previsto admitir una proposición de ley que considera a los animales como seres vivos dotados de sensibilidad.
Se trata de una iniciativa y ya fue aprobada en el año 2017 en el mes de diciembre, pero su tramitación quedó interrumpida al disolver las Cortes Generales, lo cual debe presentarse nuevamente.
El consenso que se consiguió en la anterior legislación, se dará inicio a los trámites para modificar el régimen jurídico de los animales de compañía en el código Civil, la ley Hipotecaria y la ley de Enjuiciamiento Civil, de forma que pronto tengan una consideración parecida a la que ya tienen países como:
Austria 1988
Alemania 1990
Francia 2015
Portugal 2017
El Derecho Civil catalán modificó en el (2006) el estatuto jurídico civil de los animales para aclarar que no son cosas.
La consideración de los animales domésticos en el Código Civil tendrá una notable trascendencia para sus dueños como para las mascotas, podrán contar con protección y si son abandonados o maltratados se pueda considerar un delito. Si se modifica la Ley Hipotecaria, los animales domésticos no podrán ser sujetos de embargo cuando sea la vivienda. En la modificación de la Ley de Enjuiciamiento Civil que tras un divorcio se haga una asignación de la custodia de la mascota.