miércoles, 14 de abril de 2021

¿Quién se queda la mascota en caso de divorcio?

Las mascotas son seres vivos dotados de sensibilidad no son cosas, para las personas es algo muy obvio pero a nivel legal no lo es.  las mascotas en la parte legal son tratados como bienes inmuebles. Esto está por cambiar ya que en el congreso de España se está previsto admitir una proposición de ley que considera a los animales como seres vivos dotados de sensibilidad.

Se trata de una  iniciativa y ya fue aprobada en el año 2017 en el mes de diciembre, pero su tramitación quedó interrumpida al disolver las Cortes Generales, lo cual debe presentarse nuevamente.


El consenso que se consiguió en la anterior legislación, se dará inicio a los trámites para modificar el régimen jurídico de los animales  de compañía en el código Civil, la ley Hipotecaria y la ley de Enjuiciamiento Civil, de forma que pronto tengan una consideración parecida a la que ya tienen países como:


  • Austria 1988

  • Alemania 1990

  • Francia 2015

  • Portugal 2017


El Derecho Civil catalán modificó en el (2006) el estatuto jurídico civil de los animales para aclarar que no son cosas.


La consideración de los animales domésticos en el Código Civil tendrá una notable trascendencia para sus dueños como para las mascotas, podrán contar con protección y si son abandonados o maltratados se pueda considerar un delito. Si se modifica la Ley Hipotecaria, los animales domésticos no podrán ser sujetos de embargo cuando sea la vivienda. En la modificación de la Ley de Enjuiciamiento Civil que tras un divorcio se haga una asignación de la custodia de la mascota.


Expertos en defensa y derechos de los animales indica que una vez apruebe la reforma del Código Civil, en cualquier litigio los tribunales deberán tener en cuenta los intereses de los animales antes de dictar sus resoluciones y esto vale en caso de divorcio.


1. En caso de separación o divorcio


Uno de los cambios cuando se apruebe serán los acuerdos de divorcio, cuando entre en funcionamiento la nueva reforma se debe tener en cuenta el bienestar y el interés del  animal antes de que se tome la decisión de quién se quede con él.


En este caso también se va a tener en cuenta la custodia compartida, antes de que el juez tome la decisión con cuál de las dos partes se queda el animal, deberá tener en cuenta el interés de los miembros de la familia y el bienestar del animal, también se puede llegar a una cuerdo de compartir el tiempo de convivencia y cuidado del animal.


El juez puede repartir los tiempos de convivencia y los gastos asociados


2. En caso de pérdida, abandono o maltrato


Los cambios legales y la preposición también afecta a los animales abandonados, perdidos o maltratados. Se regula cómo en la manera que se debe actuar si alguien encuentra un animal si se ha extraviado. Si se sabe del dueño se debe notificar que se ha encontrado y llevarlo al que está a cargo de su cuidado.


Si no se tiene información del dueño de la mascota es de suma importancia informar a las autoridades. La persona que haya encontrado a la mascota puede ser el responsable de su cuidado en aras de bienestar y protección temporal.


En el caso de que haya sido maltratado el animal o abandonado, quien los encuentre podrá retenerlo temporalmente informando a las autoridades competentes.


La proposición de ley también establece que cuando se entrega un animal abandonado o perdido a su propietario, este deberá pagar los gastos en que haya asumido la persona o entidad en su cuidado, "incluidos aquellos realizados con el objetivo de recuperar y garantizar la salud del animal, así como los generados por su restitución, y al resarcimiento de los daños que se le hayan podido causar".


Si el dueño de la mascota no la recupera en el tiempo legal dispuesto, el animal pasa a considerarse abandonado y puede cederse a un tercero.


3. En caso de accidente


Los animales como seres vivos dotados y sensibles y el vínculo que existe entre las mascotas y sus dueños tienen implicaciones también jurídicas en caso de accidente o que alguien le ocasione algún daño.


En algún caso que la alguna lesión física en el animal haya ocasionado la muerte o algún malestar grave en su salud física o mental tanto su dueño como las personas que convivan con el animal se tiene el derecho a una indemnización del daño causado.


4. En caso de deudas, embargos


Los defensores de los derechos de los animales también hacen énfasis que supo que los animales tienen también estatutos jurídicos muy diferentes a los de las cosas y las plantas y así de esta manera no puedan ser embargados por deudas que sus dueños tengan o que se puedan repartir como parte de una herencia.


La modificación de la Ley Hipotecaria que se propone tienen que ver con explotaciones ganaderas, industriales o de recreo, que no estarán incluidos en las hipotecas, ni tampoco tampoco las animales de compañía. La ley alude que las mascotas no son embargables ante el no pago de las deudas. 


Fuente : La Vanguardia


Si requieres más información puedes consultar en nuestra página de divorcio o en nuestra línea en Bogotá 9260348 / WhatsApp 3223621928 o si prefieres puedes enviarnos todas tus consultas a info@gestionlegalcolombia.com

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