El Congreso de la República hundió el proyecto de ley que daba la libertad a los colombianos de divorciarse libremente, por la voluntad de una sola de las partes.
En la actualidad el proceso de divorcios es un trámite difícil de llevar y en estos casos la pareja debe ir a donde un juez y demostrar alguna de las nueve causales de divorcio y de esta manera poder llevar el proceso de divorcio.
Con este proyecto de ley lo que se quería era reducir el proceso al añadir una décima casual, la cual era que la sola voluntad de uno de los cónyuges como causal de divorcio y de esta manera cualquier persona que quisiera divorciarse lo podía hacer.
Esta causal habla del derecho de toda persona de solicitar el divorcio sin que el proceso fuera largo y en algunas ocasiones difícil de llevar depende las circunstancias ya sea por infidelidad, abandono malos tratos, etc.
Esta iniciativa es idea de los representantes Juan Fernando Reyes, Katherine Miranda y Julián Peinado, pretendía el juez se concentrará en los compromisos hacia adelante de la pareja que se quería divorciar.
De esta forma se establecía un convenio entre las partes en las que incluyen obligaciones alimentarias entre los cónyuges, la liquidación de sociedad conyugal, la crianza de los hijos, la educación, alimentación, custodia, etc.
El proceso haría énfasis en las obligaciones no tanto en lo que llevó a tomar la decisión del divorcio.
“De la manera como no se puede obligar a una persona a casarse, de la misma manera tampoco se le puede obligar a mantener un matrimonio en su contra. En Colombia algunas personas insisten en que los proyectos basados en las libertades individuales son una persecución religiosa. Las personas tenemos derecho a ser libres de verdad”, indico Reyes Kuri.
Algunos congresistas, que son conservadores, indicaron que esta iniciativa atentaba contra el matrimonio.
"Cada día se presentan proyectos contra los principios, las instituciones, los espacios, las buenas costumbres de nuestra sociedad, esto atenta contra nuestra institución más importante, el matrimonio", informó el congresista del Centro Democrático, Christian Garcés.
La representante Ángela Sánchez se pronunció y dijo que el proyecto afectaba a la mujer.
Las causales de divorcio quedan tal como está contempladas en el artículo 154 del Código Civil:
1. Las relaciones sexuales extramatrimoniales de uno de los cónyuges.
2. El grave e injustificado incumplimiento por parte de alguno de los cónyuges de los deberes que la ley les impone como tales y como padres.
3. Los ultrajes, el trato cruel y los maltratamientos de obra.
4. La embriaguez habitual de uno de los cónyuges.
5. El uso habitual de sustancias alucinógenas o estupefacientes, salvo prescripción médica.
6. Toda enfermedad o anormalidad grave e incurable, física o síquica, de uno de los cónyuges, que ponga en peligro la salud mental o física del otro cónyuge e imposibilite la comunidad matrimonial.
7.Toda conducta de uno de los cónyuges tendientes a corromper o pervertir al otro, a un descendiente, o a personas que estén a su cuidado y convivan bajo el mismo techo.
8.La separación de cuerpos, judicial o de hecho, que haya perdurado por más de dos años.
9. El consentimiento de ambos cónyuges manifestado ante juez competente y reconocido por éste mediante sentencia.
Fuente: El tiempo
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