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martes, 4 de septiembre de 2012

El Divorcio


El divorcio es la cesación de los efectos personales del matrimonio, y de otro lado la liquidación de la sociedad conyugal es la terminación de los efectos patrimoniales del mismo. Al contraer matrimonio se genera una sociedad de gananciales en la que por regla general todos los activos y pasivos se deben dividir a partes iguales al momento de la separación. Es posible pactar en contrario.

Modelo de Contrato de Teletrabajo según Ley 2101 de 2021

Entendiendo el Contrato de Teletrabajo La Ley 2101 de 2021 en Colombia ha representado un cambio trascendental en la forma en que se regul...