martes, 30 de julio de 2013

Trámite de divorcio en Juzgado de familia

Ante los Juzgados de Familia se lleva el trámite de divorcio cuando no hay acuerdo entre los cónyuges. Este trámite se inicia con la presentación de la demanda por medio del abogado, invocando la causal correspondiente para el caso, causales que se encuentran  consagradas en el Código Civil.

Divorcio judicial

Con la presentación de la demanda se deben anexar las pruebas que demostrarán la existencia de la causal invocada, los registros civiles de nacimiento de los hijos menores de edad, registro civil de matrimonio  y de nacimiento de los cónyuges, además de los certificados de propiedad de los bienes que hacen parte de la sociedad conyugal.



El divorcio solo podrá ser demandado por el cónyuge no culpable de los hechos invocados, y en este proceso

solo son partes los cónyuges, excepto cuando éstos sean menores de edad, caso en el cual sus padres podrán intervenir o el defensor de familia, especialmente ante la existencia de hijos menores.



El trámite del divorcio tendrá los siguientes pasos:

1.  Admitida la demanda de divorcio contencioso, se correrá traslado al demandado  para que conteste por escrito por medio de abogado y, de ser el caso pueda presentar excepciones.

2.  Vencido el término para contestar la demanda, por medio de auto contra el cual no procede recurso alguno, el Juez fijará fecha y hora para la audiencia en la que se presentarán los documentos necesarios, además de los testigos. El Juez invitará a las partes para que lleguen a un acuerdo conciliatorio, si las partes no llegan a un acuerdo, decretará las pruebas solicitadas legalmente.

3.  Concluida la práctica de pruebas, el juez oirá al demandante  y luego al demandado por un espacio de 20 minutos cada uno. Es de tener en cuenta que la no asistencia de uno de los cónyuges, se tendrán como ciertos los hechos susceptibles de confesión.

4.  La sentencia se emitirá en la misma audiencia, aunque las partes o sus apoderados no se encuentren presentes o se hubieran ausentado del lugar. Si el juez lo considera pertinente decretará un receso de dos horas para el pronunciamiento.

5.  En la sentencia dictada por el Juez se encontrará entre otras los siguientes puntos: A cargo de quién estará el cuidado de los menores, la proporción con que los padres contribuirán en los gastos de los hijos, como educación, salud, recreación. El juez en su sentencia decretará el divorcio, y consecuentemente la disolución y liquidación de la sociedad conyugal, si ésta se encontrara vigente. La sentencia se registrará en los registros de nacimiento y de matrimonio.


En caso de existir hijos menores de edad, el juez determinará cuota alimentaria, visitas, custodia y demás gastos del menor.

La demanda de divorcio, puede tardar hasta dos años.

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